Tributación de indemnizaciones en accidentes de tráfico.
22 ene. 2022

El Gobierno plantea la obligación de tributar por las indemnizaciones percibidas por vía amistosa.

El Gobierno plantea la obligación de tributar por las indemnizaciones percibidas por vía amistosa.

El Revuelo ya se ha montado y lo que se calificaría como un paso de mejora del sistema judicial, en realidad, se contempla como una nueva vía. Así lo entienden los profesionales de la abogacía incluida en el anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal por la que las víctimas de accidentes tendrían que tributar por las indemnizaciones si las perciben como resultado de un acuerdo amistoso.

Por un lado, aquellas indemnizaciones que reciban las víctimas por vía judicial seguirían exentas de tributar en el IRPF. Pero, por otro, se tributarían las que deriven de un acuerdo de medicación o cuenten con la intervención de un tercero neutral y que el acuerdo se eleve a escritura pública.

Las víctimas de accidentes de tráfico nunca han tenido que tributar en España por las indemnizaciones que han recibido. En caso de llevarse a cabo la modificación planteada por el Gobierno los accidentados o sus familiares si han judicializado la reclamación de la indemnización tendrán que afrontar los gastos de contratar un arbitraje y de hacer escritura pública, o sino pagar los impuestos correspondientes.

De todo ello la consecuencia sería el incremento de los procedimientos judiciales cuando hasta ahora la mayoría de los casos se resolvían por la vía amistosa, por lo general con las aseguradoras.

El efecto que puede tener es un aumento desbocado de litigios, y los ciudadanos debería esperar a la sentencia judicial para que su indemnización quede exenta de tributación, cargando más, si cabe, a la ya desbordada Administración de Justicia.

Fuente Grupo Aseguranza

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